Jefatura de Policía Local de Láchar
Servicio
Horario
Atención al público:
  Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
E-Mail de contacto:
  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Teléfono de contacto:
651 81 96 98 · 958 45 73 88
Dirección:
  Avenida Andalucía, 8 (junto a Juzgado de Paz)

Funciones de la Policía Local:

Entre las funciones de la Policía Local hoy, se destacan por su importancia la vigilancia y el control del tráfico, y otras dirigidas a velar por el cumplimiento de las Ordenanzas Municipales de Policía y Buen Gobierno procurando cohesionar el legítimo ejercicio de las actividades particulares, comerciales e industriales con el derecho general a disfrutar de una ciudad limpia, sin ruidos, con un medio ambiente sano. Además la Policía Local intenta mantener unos niveles de armonía y convivencia ciudadana que permitan y favorezcan el desarrollo individual, y de las actividades en que se integra, y que se concreta en la prestación de una actividad preventiva de las conductas antisociales, en el auxilio a los ciudadanos, y en defensa de los valores individuales proclamados en nuestra Constitución.

La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de Marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en su artículo 53, establece las funciones que deberán ejercer los Cuerpos de Policía Local:

  • Proteger a las autoridades de las Corporaciones Locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
  • Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
  • Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
  • Policía Administrativa, en lo relativo a las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
  • Participar en las funciones de Policía Judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta Ley.
  • La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
  • Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
  • Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
  • Cooperar en la resolución de conflictos privados cuando sean requeridos para ello.

Teléfonos de Interés:
NOMBRENº TELÉFONOACCIÓN
Policía Local 651 81 96 98
Guardia Civil 062
Policía Nacional 091
Emergencias 112
Bomberos 958 24 69 00
Víctimas de Violencia de Género 016
Maltrato Infantil 900 85 18 18
Maltrato a Personas Mayores 900 85 83 81
Denuncias contra la LGTBIfobia 028 (disponible a partir del verano de 2022)

Plataforma Afectados Hipoteca

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